RECONOCIMIENTO DE PATERNIDAD
UN CASO EJEMPLAR
CARLOS RODRIGUEZ FONSECA
Hace unos cuantos días y casi al borde de la desesperación llegó a mi despacho un ciudadano de origen inglés que radica aquí en Xalapa, planteándome un problema legal que le aqueja y pidiéndome que reclamáramos judicialmente el derecho que le asiste a fin de que la mujer con la que estuvo viviendo durante casi todo el año pasado y con quién procreó un hijo, le reconozca su paternidad biológica y le permita convivir con el menor, en las horas y fechas que el Juez lo determine.
El caso me pareció sumamente interesante por lo insólito de que sea un hombre el que haga esa clase de reclamos, ya que por regla general son las mujeres las que ejercitan tales acciones ante la negativa de algunos hombres para reconocer la paternidad y asumir su responsabilidad como padres.
Según lo que me contó mi cliente inglés, en la primera quincena de diciembre pasado y tan sólo dos semanas después de que naciera el niño en el Hospital Nachón de esta ciudad y de que habían regresado al departamento donde vivían, sin que de por medio hubiese habido problema alguno, la señora se marchó del hogar, llevándose con ella a la criatura y, según parece, se fue a refugiar en la casa de sus familiares, donde obviamente niegan que ahí se encuentre y no le permiten el acceso a mi cliente para que lo constate.
Así las cosas y pensando que la conducta de la señora es delictiva como en su país, acudió al Ministerio Público especializado en asuntos de familia, logrando que citaran a la señora, quien efectivamente acudió pero sin el niño y argumentó que no quiere reconocerlo como su padre, porque tiene miedo que éste, siendo extranjero, quiera sacar al niño del país y llevárselo a Inglaterra y que por eso se fue de la casa. Ante tal declaración de la señora, la dejaron marcharse por no haber delito que perseguir ya que es la madre y le aconsejaron al inglés que demandara judicialmente sus derechos.
Por otra parte, algún amigo de ambos le comentó que la señora ya había registrado al niño, por lo que acudió al Registro Civil de la ciudad, donde le informaron que efectivamente la señora ya lo había registrado pero lo hizo como madre soltera, bajo los dos apellidos de ella, sin detenerse a pensar que con ello le está quitando un derecho a su propio hijo para que disfrute de dos nacionalidades con las ventajas o beneficios que en un futuro le pudiera representar.
Independientemente de que judicialmente defenderé los derechos de mi cliente inglés para que se reconozca que es el padre biológico de la criatura, consideré interesante comentar sobre el caso en el presente artículo ya que la conducta asumida por aquel resulta un ejemplo a seguir por todos aquellos hombres que después de embarazar a sus parejas, tratan de eludir ese tipo de compromisos.
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