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SOBRE LOS NUEVOS MAGISTRADOS

Por CARLOS RODRIGUEZ FONSECA





Hace más o menos un par de meses, escribí un artículo sobre la duración del mandato de aquellos magistrados del Poder Judicial del Estado que fueron designados a partir de la Reforma Integral que en el año 2000 se hizo a la Constitución Política de Veracruz de Ignacio de la Llave.

Lo anterior deviene a comentarse, en razón a las recientes designaciones que hizo el Congreso del Estado, aprobando sin dilación las propuestas que hizo el Gobernador Herrera Beltrán tanto de cuatro nuevos magistrados como del representante del Poder Ejecutivo ante el Consejo de la Judicatura.

De las personas que fueron propuestas y aprobadas como magistrados no cabe hacer mayores objeciones ya que los cuatro son licenciados en derecho y reúnen todos o casi todos los requisitos que fija la Cosntituciòn en el Articulo 58

Cabe suponer que se designaron a cuatro magistrados debido al fallecimiento de dos magistrados que estaban en funciones y los otros dos para relevar a aquellos que cumplieron con el término de DIEZ AÑOS de su designación a partir de la vigencia de la Reforma Integral a la Constitución del Estado; sin embargo, cabe señalar que dos magistrados que recientemente fueron adscritos al Tribunal Electoral del Poder Judicial del Estado, también concluyen sus respectivos mandatos precisamente este año ya que fueron designados como magistrados del Poder Judicial del Estado en el año 2000.

En razón a ello y en base a lo dispone el artículo 22 de la Ley Orgánica de dicho Poder Judicial, el Presidente del Tribunal Electoral, deberá informar de tal situación al Presidente del Tribunal Superior de Justicia para que éste a su vez lo comunique al Gobernador del Estado, para que este último proponga a aquellos que deberán relevarlos pues resultaría absurdo que un cambio de adscripción (como lo dije entonces) se tome como un nuevo nombramiento.

A mi leal saber y entender, no resulta aceptable que se prorroguen sus respectivos mandatos ya que se está violentando el espíritu del legislador constituyente, pudiendo prestarse a que otros magistrados pertenecientes a los distintos tribunales que integran el Poder Judicial del Estado pudieran, con un simple cambio de adscripción, prorrogar sus mandatos por tiempo indefinido.

Por cuanto hace al Representante del Ejecutivo del Estado ante el Consejo de la Judicatura, cabe señalar que, acorde con lo que dispone el artículo 62 de la propia Constitución, éste podrá desempeñar dicho cargo únicamente por lo meses que faltan para que concluya el término de CINCO AÑOS por el que fuera designada la hoy magistrada Gladys de Lourdes Maldonado, o sea hasta el mes de enero de 2011 y no como se dice que el nuevo representante lo es por cinco años, ya que se trata de un caso similar al que se dio cuando el Lic. Danilo Alvízar renunció como representante del Congreso ante dicho Consejo de la Judicatura.

Es conveniente señalar lo anterior ya que será el nuevo Gobernador del Estado el que tiene la facultad de decidir a quién proponer como SU representante y no al Gobernador actual cuya gestión concluye el 30 de noviembre de este año. USTEDES ¿QUE OPINAN?

carrofonseca@hotmail.com


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