
OTRA DE MAGISTRADOS
Por Carlos Rodríguez Fonseca
Con sumo interés leí los reportajes sobre dos entrevistas: una a la magistrada Yolanda Cecilia Castañeda publicada en “POLÍTICA” y la otra a la ex magistrada Haydee González Rebolledo que se publico en MILENIO EL PORTAL.
Ambas entrevistas se refieren a la forma que ellas mismas califican como poco pulcra, en que se dieron los nombramientos de los cuatro nuevos magistrados que propuso el gobernador Fidel Herrera Beltrán y que de Fast track aprobó el Congreso del Estado.
La primera de las entrevistadas, con la franqueza que le caracteriza y sin referirse directamente a alguien, comentó que ahora “cualquier pendejo o pendeja puede ser magistrado”, pero que debe privilegiarse la carrera judicial para que sean los jueces los que arriben a las magistraturas.
La segunda entrevistada se quejó de que no le avisaron oficialmente su relevo y que promovió un amparo para que se le evalúe para una posible reelección, como hacen en el poder judicial federal y en otros Estados de la República.
Coincido parcialmente con la magistrada Castañeda, pero lo que dispone el artículo 58 de nuestra Constitución creo que está en lo justo, en cuanto a los requisitos que fija para ser magistrado, pero que si algún juez en funciones reúne esos requisitos pero además sus resoluciones no han sido revocadas continuamente y tampoco ha sido sancionado por el Consejo de la Judicatura, tiene el legítimo derecho a ser propuesto por el Ejecutivo del Estado, como lo hizo con uno de los recién nombrados.
En cuanto a las declaraciones de doña Haydee, discrepo con ellas ( y con un reciente comentario de Héctor Yunes Landa) ya que acorde con el artículo 116 de la Constitución Federal, “los magistrados durarán en su encargo el tiempo que señalen las constituciones locales…” y si bien es cierto que ahí mismo se agrega la frase de que “podrán ser reelectos”, tal hipótesis no surte efectos para Veracruz ya que el artículo 59 de nuestra Constitución categóricamente establece que la duración del cargo de magistrados es de diez años improrrogables, por lo cual, en el caso particular de doña Haydee y aún cuando no le hayan notificado su relevo, sus funciones como magistrado del Poder Judicial del Estado ya concluyeron, al igual que el de todos aquellos que fueron designados en julio de 2000; y los que continúan en esas funciones, están incurriendo en el delito de “ejercicio indebido del servicio público” que establece el artículo 315 del Código Penal del Estado.
Parece mentira que los magistrados antepongan sus intereses personales a la protesta que rindieron cuando protestaron cumplir y hacer cumplir la Constitución Política de Veracruz.
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