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EL IMPOPULAR IMPUESTO SOBRE TENENCIA DE VEHÍCULOS


Por Carlos Rodríguez Fonseca




Dentro de las propuestas de campaña que han venido haciendo dos de los candidatos a la gubernatura del Estado, voy a referirme a una que está impactando al electorado porque se refiere a la derogación del impuesto más impopular que existe y que es el impuesto sobre Tenencia y uso de vehículos.


El candidato panista Miguel Ángel Yunes Linares lo enarbola como una de sus banderas y señala que de llegar a ganar en las elecciones, dicho impuesto dejará de pagarse a partir del 1° de enero del 2011.


Por su parte el candidato del tricolor Javier Duarte de Ochoa, a pesar de saber ( por haber sido uno de los promotores) que justamente ese impuesto es uno de los que fueron bursatilizados y que las obligaciones derivadas de tal bursatilización ( que no deuda pública), se extienden por cerca de treinta años, al ver que tal propuesta fue muy bien recibida por la ciudadanía, ni tardo ni perezoso también prometió que de llegar al gobierno de Veracruz derogará tal impuesto, aunque no dice para que fecha pretende hacerlo.


Por su parte, Dante Delgado Rannauro, conocedor más profundo de los tiempos de las Leyes por haber sido Senador de la República, ha preferido callar y no pronunciarse sobre ese particular.


Debido a mi personal deformación profesional como abogado y por conocer las leyes que nos rigen, sabedor de que en el Estado de Querétaro ya fue eliminado ese impuesto a partir del 1° de enero del presente año, me di a la tarea de buscar si el impuesto en cuestión sería fácilmente derogable en Veracruz y encontré lo siguiente:


1° Aunque suene a perogrullada debo decir que se trata de una Ley Federal que originalmente fue promulgada en el año de 1962 bajo el nombre de “Ley del Impuesto sobre tenencia o uso de Automóviles”, pero que para hacerla extensiva a camiones, aviones, lanchas, motocicletas y cualesquier otros vehículos de motor, en el año de 1981 fue sustituida por una nueva que llamaron “Ley sobre Tenencia o Uso de Vehículos”, misma que casi año con año ha sido reformada, básicamente para incrementar el monto del impuesto a pagar, pero que en sus artículos 16 y 16A, determina una serie de participaciones económicas a favor de las entidades federativas y que desde hace muchos años ha sido administrada por éstas.


2° Pero he aquí que mediante Decreto de 14 de diciembre de 2007, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21, se abrogó esa Ley diciendo que los efectos de dicha abrogación se darán a partir del 1° de enero de 2012, pero fijando en el artículo Cuarto Transitorio que “si antes de esa fecha las entidades federativas establezcan (sic) impuestos locales sobre tenencia o uso de vehículos respecto de vehículos por los que se deba cubrir el impuesto federal contemplado en la ley que se abroga, se suspenderá el cobro del impuesto federal correspondiente en la entidad federativa de que se trate”.


3° A partir de la fecha del Decreto se generaron algunas protestas por parte de los gobiernos de varias Entidades del país, particularmente en aquellos que, como en el caso de Veracruz, bursatilizaron sus respectivas participaciones, pero lo que tendrán que hacer será promulgar alguna ley local sobre tenencia como se dice en el Cuarto Transitorio o bien sustituir esas garantías por alguna otra ya que en el caso de Veracruz, según el informe de la operadora de bolsa Standard & Poor’s , las obligaciones derivadas o sea el pago de la deuda concluye hasta el año 2036.


Lo anterior nos lleva a concluir que ninguno de los candidatos está mintiendo cuando dicen que acabarán con ese impuesto dado que por virtud del Decreto abrogatorio de 14 de diciembre de 2007, ese impuesto dejará de existir per se en el mes de enero de 2012 y cualquiera de los candidatos que gane las elecciones, o promulga una ley local sustitutiva o garantiza el pago de tal endeudamiento (que no deuda pública), con los excedentes petroleros o de alguna otra forma que se le ocurra y que le acepten los acreedores. ESTAMOS FRITOS.


carrofonseca@hotmail.com








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