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PRESUNTAS ESPECULACIONES

Por Carlos Rodríguez Fonseca



Desde hace unos días se ha venido especulando mucho acerca de la película documental “Presunto Culpable” y más aún cuando un tipejo que ahí aparece como el delator promovió un amparo en el que obtuvo que por un tiempo se impida la exhibición pública del filme.
Se dice que la película traerá como consecuencia que se abata la corrupción existente tanto en la procuración como en la administración de justicia en México.

La verdad no es para tanto, ya que una golondrina no hace verano y el hecho de que en la historia que ahí se narra, vimos en vivo la desfachatez de los dos policías que hicieron la captura, el desconcierto de la M.P. adscrita al juzgado y el pobre razonamiento del juez de la causa, se trata de uno más de los casos de injusticia que a lo largo de la historia mundial han ocurrido en diversas partes del mundo, empezando por el amañado juicio que le hicieran a Cristo hace cerca de dos mil años.

En los Estados Unidos han llevado a la pantalla casos verdaderamente espectaculares pero reales, acerca de presuntos culpables que resultan inocentes. Como olvidar aquella obra maestra del cine que fue “12 Hombres en Pugna” donde la duda razonable de uno de los jurados hace que los otros once acepten absolver a un acusado de homicidio. Otra más fue “el Hombre Equivocado” y la historia de un doctor de Chicago acusado de haber matado a su esposa y que se llamó “El fugitivo” quien tuvo personalmente que encontrar al verdadero culpable. En fin, sería interminable hablar de casos de ese tipo que denuncian los errores policíacos y de jueces condenando a personas inocentes, que no por ello significa un estado de corrupción sino muchas veces de simples errores humanos en la apreciación de los hechos y de las pruebas.

En el libro Les erreures judiciaires et leus causes (1897), dos abogados franceses llamados Lailler y Vonoven afirman que la justicia penal no tiene derecho a equivocarse, pues no existen errores judiciales inevitables y excusables. «No hay error que pueda cargarse en la cuenta exclusiva de la fatalidad», escriben con apasionado sentido de justicia. Ya se sabe por la Historia que los franceses han sido siempre unos críticos muy intransigentes con las sentencias injustas de inocentes (si no, pregúntenle a Sarkozy).
Montaigne en sus Ensayos califica los errores judiciales de «condenas más criminales que el crimen mismo». Voltaire, estando en el exilio en Ginebra, se sintió tan airado ante la injusta condena y ejecución de Jean Calas que luchó durante cinco años por la revisión de la sentencia hasta conseguirla. Aunque inocente, Calas había sido condenado y ejecutado en Toulouse en 1761, tras un procedimiento secreto desarrollado con el peso de una excitación social fruto del fanatismo religioso. En una de las magníficas cartas que dedica a ese fallo, Voltaire subraya con ardor que la buena fe de los jueces no excusa la condena de un inocente. Él es el padre de la expresión «cruelle bonne foi des juges».

Está demostrado que la causa más común y a la vez más profunda de la sentencia errónea reside en la funesta propensión de algunos jueces a contentarse con la verosimilitud en lugar de exigir la certeza. A la certeza se llega, precisamente, a través de la prueba. La prueba constituye la expresión de su certidumbre. Sé que hay quienes sostienen que el concepto jurídico de prueba consiste en un alto grado de probabilidad y que la prueba en el campo penal, a diferencia del matemático, no equivale a realidad, sino a verosimilitud.

Cierto que en ocasiones, obtener tal prueba, dadas las circunstancias que rodean al hecho, no es posible. En tal caso habrá que dejarlo impune. Todo es preferible, antes que el error. La sola posibilidad de condenar a un inocente sobrecoge o debería sobrecoger la conciencia del juez.
No tengo datos precisos del número de casos de errores judiciales. Incluso me parece muy arriesgado hacer una estadística anual. Sin embargo, pensemos en esto. Cuando el juez está persuadido de la culpabilidad del acusado, pronuncia la condena. En el supuesto contrario, si está convencido de su inocencia, la proclama. Pero, ¿y si duda? En tal supuesto, incluso por leve que la duda sea, tiene que beneficiar al acusado como al final de “Presunto Culpable” ocurre con el magistrado ponente en la Apelación que promovieron contra la sentencia de primer grado.

cr@carlosrodriguezfonseca.com


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