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CRUZADA JUDICIAL EN CONTRA DE LA CORRUPCION.

Carlos Rodríguez Fonseca



El nuevo Presidente del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura, Lic. Reynaldo Madruga Picazzo, está emprendiendo una verdadera Cruzada para tratar de acabar de una vez por todas, con la enorme corrupción que priva en el Poder Judicial del Estado, mediante el incremento del salario al personal judicial y al administrativo; e implementando una aplicación estricta de sanciones para todo el personal que las merezca, así como acordando el cambio de adscripción de jueces y secretarios de acuerdos tanto de los juzgados penales como de los civiles en varios puntos estratégicos del territorio veracruzano.



Sin embargo de lo anterior, con todo respeto considero que tal cruzada, salvo la del incremento de salarios, la está iniciando por el camino equivocado y no logrará el noble propósito que busca, ya que en lo relativo a los cambios de adscripción de tales funcionarios judiciales, no cumplirá con el noble cometido de abatir la corrupción, ya que si bien es cierto que al cambiarlos de lugar, se impide que jueces o secretarios se coliguen con los litigantes de un lugar determinado para la pronta tramitación y resolución de sus asuntos, no puede ni debe combatirse la corrupción con acuerdos que de alguna manera resultarán ineficaces por infundados.



Me baso en señalar que los acuerdos de cambios de adscripción no resultan del todo fundados y motivados, e incluso implican una cierta dosis de corrupción, por los siguientes motivos:



a) En primer lugar, porque el Consejo de la Judicatura no funda ni motiva los cambios acordados conforme a Derecho, sino simplemente los hace sin precisar los motivos y circunstancias que los provocan, dando lugar a ciertas suspicacias pero además, si alguno de esos funcionarios, sea juez o secretario, impugna judicialmente tal cambio, lo mas seguro es que obtenga un fallo favorable a sus intereses;

b) Otra razón de crítica sobre esos acuerdos de cambio de adscripción es que al no darse seguridad a jueces y secretarios en cuanto a su permanencia en determinado lugar y por determinado tiempo, se está impidiendo a éstos el planificar su vida familiar trasladándola a la ciudad de que se trate, lo que redunda en un bajo desempeño de su función;

c) Al no darse esa permanencia, a los funcionarios trasladados les representa en la mayoría de las veces el que se les dupliquen los gastos para vivir ya que deben enviar parte de su salario a la familia en el lugar en que esta se quede y por otra parte deben sufragar los gastos que les represente vivir solos en su nueva adscripción, dando lugar a que, quiéranlo o no, busquen la forma de nivelar su presupuesto, siendo el camino más fácil, exigiendo o aceptando las gratificaciones que les ofrezcan los litigantes;

d) Tampoco se les trata con justicia y legalidad a esos funcionarios, porque salvo casos de excepción, el Consejo de la Judicatura no les cubre a los trasladados ni los gastos de transportación propios y de su familia, ni los gastos inherentes al cambio de domicilio como sería el transporte del menaje de casa indispensable para la instalación de la familia y otros gastos inherentes.



Yo propondría al Presidente del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura el hacer los ajustes necesarios a su normatividad en los siguientes puntos:



Primero. Que los jueces y secretarios sean adscritos a un lugar por un periodo de dos años, susceptible a renovarse por un periodo igual siempre que su desempeño haya sido positivo en cuanto a la firmeza de sus resoluciones y satisfactorio en cuanto a su desempeño para con los justiciables, los litigantes y el personal a su cargo.



Segundo. Que el Consejo de la Judicatura absorba los gastos inherentes a los cambios de adscripción que decrete.

Tercero. Que los pliegos de responsabilidad de jueces y secretarios se integren con los elementos probatorios que acrediten de manera indubitable la comisión de actos de corrupción o de maltrato al personal o a los litigantes, a fin de que en caso de aplicarles sanciones o ceses, se tengan las pruebas suficientes para defender los derechos de la Institución.



Cuarto. Que igualmente los pliegos de responsabilidad de los demás empleados judiciales se integren bien y se les sancione cuando incurran en desobediencia a sus superiores, en actos de corrupción y en maltrato con el público que acude a los juzgados.



Por otra parte, yo propondría a los integrantes de las múltiples asociaciones, barras, foros y federaciones de abogados existentes en el Estado, que se abstengan de “gratificar” a los empleados judiciales de todos los niveles, para que les “saquen” rápido los acuerdos o las resoluciones de sus asuntos y que denuncien ante el Consejo de la Judicatura, cuando sean aquellos los que les exijan alguna dádiva para acelerar el procedimiento o para resolverlo en uno u otro sentido.



ASÍ Y SOLO ASÍ SE PODRÁ GANARLE LA BATALLA A LA CORRUPCIÓN. ¿QUERRÁN HACERLO?








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