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DIFERENDOS ENTRE PODERES

Por Carlos Rodríguez Fonseca



Al estar por concluir la actual administración gubernamental, cabe hacer una recapitulación acerca de las diferencias que se hicieron palpables entre el Poder Ejecutivo y el Poder Judicial casi desde que se inició el sexenio.

El primer enfrentamiento de esos poderes se dio con motivo de las intenciones que hizo públicas el gobernador para que se jubilaran los magistrados que bien sea por edad o por años de servicios, a lo cual éstos se opusieron y como contrapropuesta de su parte, exigieron que se les pensionara con salarios y compensaciones integradas y además que dichas pensiones fueran activas, esto es, que año con año se incrementaran en el mismo porcentaje que se les incrementara el salario a los que se quedaran trabajando. El gobernador recibió la propuesta y la guardó en un cajón pero les prometió que se crearía un fondo especial para tales efectos, lo cual nunca sucedió.

Otro enfrentamiento fue la intromisión del Ejecutivo en la construcción de las salas para los juicios orales cuyo manejo administrativo lo llevó una oficina del Ejecutivo en vez del Consejo de la Judicatura.

Por cierto, ya que menciono al Consejo, nunca fue del agrado de los señores magistrados que el gobernador, seguramente por compromisos políticos, haya aceptado que el Congreso nombrara como su representante a un licenciado que no cumplía con varios de los requisitos constitucionales indispensable para ejercer ese cargo

Cuando se dio el relevo en la Presidencia del Tribunal Superior de Justicia, todo parece indicar que el magistrado que quedó al frente no era el preferido del Ejecutivo estatal; y es realmente a partir de ese hecho cuando se hizo mas notable el enfrentamiento entre ambos poderes ya que por una parte y en usos de sus facultades constitucionales cuando han surgido vacantes de magistrados, sea por la conclusión de sus diez años como tales o por fallecimiento de otros, el gobernador, con el voto incondicional de los diputados, (salvo una honrosa excepción), ha propuesto a sus amigos y colaboradores sin antecedentes dentro de la judicatura y no a aquellos prestigiados abogados litigantes o a quienes laboran dentro del poder judicial como jueces o proyectistas; por su parte, en franca reciprocidad o revanchismo, el Pleno del TSJ ha adscrito a los recién nombrados a los lugares más recónditos del Estado o simplemente a las Visitadurías de juzgados, para que aprendan las funciones.

Sin embargo de última hora y tal vez como un reconocimiento a su entrega ( o entreguismo) el Ejecutivo estatal acaba de darle al Presidente del Tribunal una notaría pública ¿ otra más? NO LO ENTIENDO.

carrofonseca@hotmail.com

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EL FUERO LEGISLATIVO

¿A PARTIR DE CUANDO SE INICIA?

Por Carlos Rodríguez Fonseca




De acuerdo con la tradición jurídico-constitucional nacional, el fuero consiste en la imposibilidad de poner en actividad el órgano jurisdiccional, local o federal, para que desarrolle sus funciones en contra de quien está investido del carácter de servidor público de los descritos en la clasificación que hace el párrafo primero del artículo 111 constitucional, durante el tiempo de su encargo, para seguir esa clase de procesos tan sólo cuando haya dejado de tener el cargo público de referencia o cuando haya sido declarado por el órgano de Estado competente, que ha perdido el impedimento o el llamado “fuero de no procedibilidad”

En un estudio minucioso sobre el fuero que publicó en 1967 el Instituto de Investigaciones Legislativas del Senado de la República, encontré dos opiniones de sendos diputados de la Legislatura correspondiente y, mientras el priísta Raul Cervantes Andrade dijo que “…la inmunidad, como prerrogativa parlamentaria, se encuentra en decadencia… puede llegar a afirmarse que su existencia es superflua, pues ya han desaparecido los condicionamientos históricos que la hicieron surgir. Es decir, se impone su desaparición, postulándose la necesidad de que a los parlamentarios, como ciudadanos que son, les sea aplicable en régimen general, quizás con la única excepción del aforamiento, que en todo Estado democrático debe ofrecer las garantías, materiales y procesales, suficientes”. Por su parte, el diputado perredista Juan José García Ochoa dijo que “La concentración del poder político y el autoritarismo han hecho equivalentes en no pocos casos la inmunidad con la impunidad, puesto que se ha desvirtuado por las inercias políticas el concepto mismo del fuero constitucional. Esto ha generalizado entre los ciudadanos una actitud de condena y de rechazo al ejercicio del fuero, por lo que hoy, su existencia, antes que fortalecer al servicio público, lo debilita”

En 1812 Mèxico se regía por la llamada Constitución de Cádiz que en su art. 128 disponía: “Los diputados serán inviolables por sus opiniones, y en ningún tiempo ni caso, ni por ninguna autoridad, podrán ser reconvenidos por ellas. En las causas criminales, que contra ellos se intentaren, no podrán ser juzgados sino por el Tribunal de las Cortes, en el modo y forma que se prescriba en el reglamento del gobierno interior de las mismas. Durante las sesiones de las Cortes, y un mes después, los diputados no podrán ser demandados civilmente ni ejecutados por deudas”


Posteriormente, la Constitución de Apatzingán retomó la “inmunidad parlamentaria”, y apareció por primera vez el antecedente cercano al juicio de declaración de procedencia -juicio de residencia-, que en el artículo 59 de la ley, expresa lo siguiente: “Los diputados serán inviolables por sus opiniones, y en ningún tiempo ni caso podrá hacérseles cargo de ellas; pero se sujetarán al juicio de residencia por la parte que les toca en la administración publica, y, además, podrán ser acusados durante el tiempo de su diputación, y en la forma que previene este reglamento por los delitos de herejía y por los de apostasía, y por los del Estado, señaladamente por infidencia, concusión y dilapidación de los caudales públicos”


La Constitución que actualmente rige a nuestra nación en lo concerniente a la “inmunidad parlamentaria” o “fuero constitucional” y a la declaración de procedencia continuó prácticamente similar a su proyecto, únicamente se mantenía lo relativo a la inviolabilidad parlamentaria; con excepción a una modificación efectuada al artículo 111 donde se señalaba la necesidad que se tenía por expedir una ley de responsabilidad de los funcionarios y empleados de la Federación, cuyo contenido se refiriera a determinar los delitos o faltas oficiales que puedan provocar un perjuicio a los intereses públicos.

El pasado mes de septiembre el Presidente del Senado de la República Manlio Fabio Beltrones, luego de que el C. Julio César Godoy Toscano, tomó protesta como diputado, a pesar de que el gobierno mexicano lo acusó de tener vínculos con el narcotráfico, declaró en una entrevista que el fuero no ha sido pensado para que alguien no sea procesado por un delito tanto del orden común y federal, sino única y exclusivamente “para salvaguardar el derecho que tienen los legisladores de decir lo que piensan sin ser procesados o perseguidos”. Indicó además que es necesario que en la próxima discusión de la Reforma Política se toque el tema del fuero y sea más preciso su uso, para que si un funcionario cometió un delito, "enfrente la justicia como lo marca la ley".

Ahora bien, si el artículo 63 Constitucional dispone que aquellos ciudadanos que hayan sido electos como diputados o senadores, que no se presenten a la apertura de las sesiones, serán compelidos a que concurran dentro de los 30 dias siguientes ( no señala excepciones por ninguna causa) y, de no hacerlo se entenderá que no aceptaron su encargo y se llamará a sus suplentes, pues habrá que recordar que Godoy Toscano permaneció más de un año sin asumir su cargo como diputado federal de México, debido a que la Procuraduría General de la República (PGR) presentó la acusación en su contra por presuntos nexos con el cártel de La Familia Michoacana, por lo que ésta y la Secretaría de Seguridad Pública federal (SSP) ordenaron aprehenderlo; razón por la cual cabe volver a la pregunta inicial ¿a partir de cuando se inicia el fuero legislativo?.

carrofonseca@hotmail.com




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POBRE XALAPA


Por Carlos Rodríguez Fonseca



Mucho se habla de que en nuestro Estado no existe la cultura de la transparencia en el actuar de las autoridades gubernamentales, así como tampoco se da la cultura de la protección al medio ambiente, debiendo entender como tal no sólo el cuidado de nuestros bosques y del campo en general, sino también el del entorno en que nos movemos dentro de las ciudades grandes o pequeñas y, según una definición que se da de Medio ambiente como el conjunto de elementos abióticos (energía solar, suelo, agua y aire) y bióticos (organismos vivos) que integran la delgada capa de la Tierra llamada biosfera, sustento y hogar de los seres vivos.


Hace unos días me preguntaba ¿para que sirven las manifestaciones de impacto ambiental? Consulté en Internet y encontré una monografía que a la letra dice:


“El objetivo de las MIA es, evaluar, mitigar y comunicar las afectaciones que potencialmente puede producir un proyecto en los componentes naturales, físicos y sociales del ambiente. Las MIA se aplican en la mayoría de los países. En México, y en Veracruz -aunque los estudios enfocados a evaluar los impactos producidos por los proyectos de desarrollo ya se hacían con anterioridad-, su implementación legal quedó formalmente establecida en 1982 con la promulgación de la Ley Federal de Protección al Ambiente y aquí con la Ley Estatal de Protección Ambiental. En estas disposiciones se tipifican las actividades que requieren de estudios de impacto ambiental y en función de los efectos que pueden ocasionar, se establecen distintas modalidades de estudio. Estos estudios son realizados generalmente por consultores o instituciones académicas, los cuales son pagados por la empresa proponente del proyecto de desarrollo en cuestión.


Como parte del procedimiento de impacto ambiental, el proponente está obligado a dar a conocer a la opinión pública el proyecto por medio de un desplegado en periódicos de alta circulación o en algún medio electrónico y poner a disposición el estudio para consulta pública. Aquí cabe reflexionar sobre las siguientes preguntas: ¿de cuántos proyectos cercanos a donde vive usted se ha enterado por este medio?


Algunas de las críticas más frecuentes son: 1) al ser el proponente quien paga el estudio, puede existir conflicto de intereses por parte del consultor al identificar y evaluar los impactos; 2) en la mayoría de los casos los estudios son enciclopédicos y sin un hilo conductor que permita identificar las relaciones entre las actividades del proyecto y su impacto en el ambiente; 3) la participación pública en el proceso de impacto ambiental es muy limitada; 4) no hay un seguimiento efectivo de las medidas de mitigación propuestas”.


Viene a colación lo anterior por el descontento que existe en una gran parte de la sociedad xalapeña que evidentemente no se enteró de la publicación de la correspondiente “Manifestación de Impacto Ambiental”; por el permiso que recientemente dieron las autoridades municipales a un ambicioso proyecto para la construcción de un “Condominio Maestro” que consta de 22 edificios habitacionales, de 11 niveles cada uno, un área comercial de tres secciones y un "HOTEL DEPORTIVO-RECREATIVO CLUB HÍPICO, ECOLÓGICO-RECREATIVO-AREA NATURAL" (no entiendo en qué consiste), que intensificará el uso del suelo y que pretenden desarrollar en el área de Garnica, junto al Parque Natura.

Sería bueno que se explicara a todos los que vivimos en Xalapa, en forma clara y precisa: en qué consiste ese "Condominio Maestro; quienes son los accionistas de "Inmobiliaria Desarrollos Comerciales Animas", S.A. De C.V., y lo más importante: ¿en qué se beneficia nuestra ciudad con una monstruosidad de esa naturaleza? por su ubicación, esos 22 edificios tendrán una altura mayor que la de la torre ánimas.
Es un hecho que las autoridades municipales que están por salir, otorgaron esa autorización sin detenerse a informar a los habitantes de Xalapa y obviamente sin medir las consecuencias ambientales que una obra de esa magnitud traerá a futuro, respecto al caos vial que provocará y sacrificando a millares de ciudadanos para poder dotar de agua, luz y drenaje al "Condominio Maestro"


carrofonseca@hotmail.com






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TRANSPARENCIA A OSCURAS

Por Carlos Rodríguez Fonseca



Recientemente, junto con aproximadamente otras quince personas, fuimos invitados a formar parte de un ambicioso proyecto para la creación de una asociación civil que pugnará por buscar la transparencia de los actos administrativos y la rendición de cuentas por parte de las autoridades no sólo del Estado y municipales, sino también del gobierno federal y todos los organismos públicos que conforme a las leyes de transparencia están obligadas a proporcionar los informes que la ciudadanía solicite.

Después de varias reuniones previas a la autorización oficial para obtener un nombre de la asociación, finalmente se obtuvo el de “transparencia para los ciudadanos” A.C., y en lo personal aporté un proyecto de los estatutos que tendría. Convinimos además que cada uno de nosotros invitaría a cuatro o cinco amigos a una junta explicativa para integrarlos al proyecto, pero he aquí que desde ese momento iniciamos mal, pues expresamente se opusieron a que invitáramos a una persona cuyo nombre me reservo para no hacerlo sentir incómodo, argumentando que es “muy conflictivo” y no resultaba conveniente para el grupo.

La junta explicativa se llevó a cabo con una asistencia de un poco más de cuarenta personas, y en ella el precursor de la idea, a quien llamaré “el uno”, dio una plática acerca de los objetivos de la asociación pero sin hacer mención de los estatutos, interviniendo varios de los concurrentes quienes formularon las preguntas que consideraron pertinentes; pero es el caso que se generaron muchas dudas acerca de los estatutos que deberían regirla y de las personas que quedarían al frente del consejo directivo, sin obtener respuestas precisas al respecto.

Como se supone que estábamos creando una asociación que pugnaría por la transparencia y la cual por cierto está anunciando con bombo y platillo el inicio de sus actividades; lo menos que esperábamos cada uno de nosotros, era que tal transparencia se iniciara en la propia casa, circunstancia que se soslayó en esa junta de acercamiento pues repito, no se respondieron cabalmente a las interrogantes que fueron planteadas tanto de los citados estatutos, como de las cuotas de cooperación y de la integración del consejo directivo.

Ante la sospecha evidente de mi parte que las verdaderas intenciones del “uno” son las de auto erigirse como presidente de la asociación para que después se le tome en cuenta para ser propuesto como Consejero del IVAI, (puesto para el cual anteriormente concursó de manera infructuosa) lo comenté así con algún conocido que también había estado en la asamblea, pero dicho individuo, a pesar de que concordó conmigo en esa conjetura, hizo como el del cuento del indio traductor aquel que cuando le quemaron los pies a Cuauhtemoc para que dijera donde estaba el tesoro de Moctezuma, corrió para quedárselo el ya que tan pronto como pudo lo comunicó como chisme al “uno”, quién ni corto ni perezoso, de inmediato dio instrucciones a su segundo de a bordo y futuro vice-presidente, para que me “des-invitaran” del puesto que me habían ofrecido dentro de la asociación antes de que ésta fuese integrada formalmente.

No me siento ofendido por el “des-invite”, sino por el contrario lo agradezco, pero de plano RENUNCIO A LA MEMBRESÍA, pues prefiero quedar sólo, que formar parte y ser corifeo de una asociación de relumbrón que quiere ser luz de la calle pugnando por la transparencia gubernamental, pero que opta por mantener la opacidad en casa.

carrofonseca@hotmail.com



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