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BOOM INMOBILIARIO EN XALAPA

Por Carlos Rodríguez Fonseca


Evidentemente que Xalapa es visto con ojos de apetito por varios desarrolladores inmobiliarios, pues además de los fraccionamientos que se han multiplicado en las dos últimas administraciones municipales, hay otros magno-proyectos pendientes que ojalá no se autoricen por el daño que representan.

En octubre del año pasado, en un artículo que intitulé “Pobre Xalapa”, me referí proyecto para la construcción de un “Condominio Maestro” constante de 22 edificios habitacionales, de 11 niveles cada uno, un área comercial de tres secciones y un "HOTEL DEPORTIVO-RECREATIVO CLUB HÍPICO, ECOLÓGICO-RECREATIVO-AREA NATURAL", que pretenden desarrollar en el área de Garnica, junto al Parque Natura y cuyo desarrollo estará a cargo de una empresa llamada "Inmobiliaria Desarrollos Comerciales Animas", S.A. De C.V., preguntándome entonces ¿en qué se beneficia nuestra ciudad con una monstruosidad de esa naturaleza?, toda vez que una obra de esa magnitud afectará el entorno ambiental al tener que desforestar todo el área que se requiere para tal tipo de desarrollo urbano, amén de las dificultades para prestar los servicios municipales de agua, saneamiento y limpia pública, así como el de transportes públicos y tránsito vehicular.

Tan pronto se publicó en MILENIO EL PORTAL dicho artículo, un alto funcionario del área de Desarrollo Urbano del Ayuntamiento respondió enfáticamente que en sus oficinas no habían autorizado tal obra y desde entonces no se ha vuelto a hablar del asunto, sin que ello signifique que no vaya a realizarse tal obra.

Por otra parte, el pasado viernes 14, apareció publicado en el Diario AZ de esta ciudad, una nueva Manifestación de Impacto Ambiental, esta vez suscrita como promotor del proyecto una empresa llamada “Construcciones del Centro”, S.A. de C.V., para la construcción y funcionamiento de un “CONJUNTO HABITACIONAL COMERCIAL Y DE SERVICIOS”, consistente en 6 torres habitacionales con 12 niveles, 2 torres comerciales con 27 niveles y 5 salas de convenciones en un nivel” , a desarrollarse en una superficie de 29, 763 metros cuadrados sobre la, calle Principal de la Unidad Habitacional Pastoresa. Es el caso que, hasta donde tengo conocimiento, la citada Unidad de La Pastoresa es básicamente de interés social, pero además ha tenido serios problemas de dotación de agua y de otros servicios, por lo cual resulta incongruente que se pretenda construir allí un desarrollo tan grande que acrecentará esa y otras problemáticas.

Como se desprende de las “Manifestaciones de Impacto Ambiental”, se trata de dos proyectos distintos, uno de 22 edificios habitacionales de 11 niveles y el otro solamente de 6, pero de 12 niveles, mas 2 torres comerciales de 27 niveles, lo que significa, calculando que los primeros tengan tres departamentos por planta y los segundos cuatro, que pretender construir nada más y nada menos que 1014 departamentos habitacionales, más los comercios o despachos que se hagan en las 2 torres de 27 pisos.
UN VERDADERO BOOM PARA XALAPA.

carrofonseca@hotmail.com

http://www.carlosrodriguezfonseca.com/

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LA SALA CONSTITUCIONAL
(Sus dictámenes ¿son vinculatorios o no?)

Por Carlos Rodríguez Fonseca



Me surge este interrogante a raíz de los comentarios que leí la semana pasada acerca de la manera en que el Ejecutivo del Estado, mediante una iniciativa de reformas a la Ley Orgánica del Poder Judicial, prácticamente dejó sin efectos un dictamen emitido por la Sala Constitucional del Tribunal Superior de Justicia, sobre la interpretación correcta al artículo 62 de la Constitución en virtud a la problemática que surgió por los nombramientos de los consejeros de la Judicatura, como consecuencia de la renuncia que habían presentado dos de los originalmente nombrados y la conclusión de otro más al terminar su periodo como magistrado.

Independientemente de la situación que en lo personal beneficia a aquellos que fueron nombrados en sustitución de los que fueron y quienes no tienen culpa de esas aberraciones, cabe hacer las siguientes consideraciones jurídicas:

1° En la Reforma integral de la Constitución del Estado, al crearse la Sala Constitucional en el artículo 64, se dotó a ésta de diversas facultades entre las que destaca la comprendida en la fracción IV, que es la de dar respuesta fundada y motivada a las peticiones formuladas por los demás tribunales y jueces del Estado cuando tengan duda sobre la constitucionalidad o aplicación de una ley local…

2° Resulta que en una Sesión extraordinaria celebrada el diez de agosto de 2010, el Pleno del Tribunal Superior de Justicia dictó un acuerdo para que la Sala Constitucional resolviera respecto de la temporalidad del nombramiento de un consejero de la Judicatura y si tal nombramiento era por el tiempo que le faltaba al sustituido o por el término de cinco años que establece el artículo 62 constitucional.

3° Mediante resolución de 8 de septiembre de 2010, dicha Sala dictaminó que el artículo 62 debe interpretarse de la siguiente manera:
a) Para la iniciación de cada periodo, aunque no lo digan las propuestas o designaciones debe entenderse que se comprenden los cinco años del periodo; y
b) Para las sustituciones intermedias del periodo, por cualquiera de las causas que establezca la ley, deberán entenderse por el tiempo que esté pendiente de transcurrir hasta la terminación del periodo.

4° Sin embargo, a través de una iniciativa de reformas enviada por el Ejecutivo y aprobada por el Congreso el 28 de octubre de 2010, se reformaron los artículo 102 y 103 de la ley orgánica del Poder Judicial, diciendo en el 102 que “ Los Consejeros de la Judicatura, con excepción de su Presidente, serán suplidos, en sus faltas temporales que no excedan de diez días consecutivos, por el Secretario de Acuerdos del Consejo. En todo caso, las faltas mayores a dicho término, sin que medie causa justificada que califique el Presidente del Consejo, se considerarán definitivas” y
que “ En caso de falta definitiva, se tendrá por concluido el periodo de ejercicio para el que fue nombrado el Consejero de que se trate;
En el 103 se estipuló que: “ Los Consejeros cuyo origen sea diverso a los nombrados por el Pleno del Tribunal Superior de Justicia podrán separarse de su cargo previa licencia temporal que conceda el Congreso del Estado o, en sus recesos, la Diputación Permanente. En ningún caso se concederá a los Consejeros licencia con el carácter de indefinida, ni tampoco por un tiempo mayor de sesenta días naturales durante el período de un año. En caso de falta definitiva, en términos del artículo 102 de esta Ley, o de renuncia, se procederá a un nuevo nombramiento de Consejero por el periodo previsto en el artículo 101”.

5° Es el caso que a pesar de que las reformas entraron en vigor el día de su publicación en la Gaceta Oficial (29 de octubre de 2010) y de que en ambos artículos se habla de acciones a futuro: “…serán suplidos…”, “…se considerará” y “…podrán separarse”, resulta insólito y antijurídico que en un artículo transitorio, las retrotraigan al pasado bajo el pretexto de que se regularice una situación jurídica preexistente cuando ahí se dice: “Los Consejeros Licenciado José Luis Salas Torres, representante del Congreso del Estado, y Licenciado Javier Hernández Hernández, propuesto por el Titular del Poder Ejecutivo Estatal y ratificado por el Congreso del Estado, durarán en su encargo cinco años, contados, para el primero de los mencionados, desde el dos de junio de dos mil diez hasta el primero de junio de dos mil quince; y para el segundo, desde el nueve de agosto de dos mil diez al ocho de agosto de dos mil quince”.

6° Así las cosas, cabe concluir que ambos poderes ( Ejecutivo y Legislativo) violaron la autonomía del Poder Judicial pues desacataron el criterio emitido por la Sala Constitucional, (único órgano facultado para interpretar las disposiciones constitucionales) al haber aprobado unas reformas que evidentemente contradicen el dictamen de esa Sala Constitucional a la que, de facto, la reducen a una simple emisora de “recomendaciones no vinculatorias” como las que dicta la Comisión Estatal de Derechos Humanos. LÁSTIMA

carrofonseca@hotmail.com

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VIVIR FUERA DEL PRESUPUESTO
(Segunda parte)

Por Carlos Rodríguez Fonseca



En mi última entrega ofrecí escribir la segunda parte acerca de la frase favorita de los políticos, así como algunas otras anécdotas de Cesar Garizurieta y su faceta como escritor, lo que me atrevo a hacer en esta ocasión comenzando a partir de su etapa como “diablo”.

Pues bien, algún tiempo después de haber trabajado en la sierra poblana como juez, regresó a la ciudad de México, y en 1936 fundó una asociación d Abogados Socialistas de la cual fue su líder; para 1940 donde finalmente ganó la candidatura para diputado por Tuxpan donde se auto apodó como “el Tlacuache” tal como hice mención en la primera parte. Al concluir su período como legislador, en 1943 entró de lleno en el sector público, primero como Magistrado y luego como Presidente del Tribunal Superior de Justicia de Veracruz y cuando D. Miguel Alemán llegó a la Presidencia de la República lo nombró como uno de sus principales asesores y con Ruiz Cortínez como Presidente, ocupó el cargo de Oficial Mayor del Departamento de Asuntos Agrarios del Gobierno Federal de 1952 hasta el mes de abril de 1956, ya que el día 16 del mismo, fue nombrado Embajador de México en Haití, mas como un destierro que como un premio y cuando el Canciller Manuel Tello le comunicó su nombramiento y le comentó que lo recibiría al día siguiente para que le agradeciera el nombramiento, Garizurieta respondió con una frase muy difundida en los medios diplomáticos, "Las Embajadas se aceptan, pero no se agradecen", agregando que “vivir fuera del presupuesto, es vivir en el error”.

Su llegada a aquel país coincidió con una guerra civil que allá se desató y que llevó al poder a Francoìs Duvalier, quién se dedicó a perseguir a sus enemigos políticos, uno de lo cuales era Lois Dejoie, quién pidió y obtuvo asilo político en la Embajada Mexicana. Duvalier se negó a aceptar el salvoconducto y reclamó su entrega para ser juzgado y ejecutado y ante la negativa del Embajador Garizurieta para entregarlo, Duvalier mandó asaltar la embajada en dos ocasiones, utilizando a sus tenebrosos “Tontón macutes” para exigir por la fuerza la entrega de Dejoie, lo cual no logró gracias a la férrea defensa que hiciera nuestro Embajador. El caso fue dramatizado en una obra de teatro llamada “Detrás de esa Puerta”, misma que fue llevada al cine en la película llamada “Derecho de Asilo”, con Cameron Mitchell y Rossano Brazzi.

Para evitar un conflicto mayor entre ambas naciones, Garizurieta fue cambiado a Honduras, donde la United Fruit tenia la mayor plantación de platano "Valery", famoso por su resistencia a las plagas, especialmente el chamusco, también llamado "Mal de Panamá", que años atrás había terminado con la producción platanera de Tabasco. Viendo la oportunidad de hacerse de una cepas de este plátano, se puso de acuerdo con el entonces Gobernador de Tabasco, Carlos Madrazo y llevaron a Honduras unos 100 campesinos tabasqueños que conocían bien la planta y en una noche lograron traerse las cepas que repoblaron la zona platanera y a esta variedad se le conoce ahora como "Plátano Tabasco".

Por esa época el Embajador Garizurieta pronunció un fuerte discurso en apoyo a la Revolución Cubana que había salido de Tuxpan, Veracruz; pero, ante la presión de Estados Unidos, el entonces Presidente López Mateos para congraciarse con los vecinos del norte, puso en "disponibilidad" a Garizurieta, quién en una entrevista en la radio con Agustín Barrios Gómez, dijo que lo habían puesto "en disponibilidad de morir de hambre".
Como literato escribió “Oficio del Oficio”, una critica humorística acerca del Servicio Exterior Mexicano. Entre sus obras más conocidas están la novela “Soledad”, los cuentos reunidos en “El apóstol del ocio y Juanita La Lloviznita” sin dejar de subrayar “Isagoge sobre el mexicano”, obra cumbre en la que diserta sobre el dicho de que el pueblo norteamericano tiene un complejo de superioridad y el mexicano, de inferioridad, señalando que “tal dicho resulta falso puesto que el que lo padece es el norteamericano; como ha creado una gran civilización que lo ahoga y lo monstruoso de un mundo de gigantescas maquinarias que lo acorralan, individualmente éstas empequeñecen su espíritu... El mexicano no tiene complejo de inferioridad, aunque muchos lo tengan, conoce su destino y su miseria; consciente de su persona y de la sociedad en que vive, analiza la pobreza de su mundo espiritual y de la naturaleza que lo rodea en que tiene que luchar y defenderse conscientemente". Para Garizurieta el típico mexicano lo representa el “Cantinflas” de los años 40 y 50 pues…..”vestido de los andrajos dejados por otros andrajosos menos andrajosos que él... su sombrero de nevero, su camisa untada al cuerpo de dependiente de pulquería, su pantalón de ropavejero, su cinturón de mecapalero... ¡ah! su gabardina una ilusión, un pretender ser un fifí, y su existencia no representa un fenómeno económico….Es realista por excelencia, no es un representante del proletariado... Debido a que nunca trabaja en forma permanente no puede llegar a ser burgués o proletario y se ríe de ellos... no desciende más en la miseria porque no es posible y no sube porque no se le pega la gana... trae a cuestas una especie de insurgencia militante, un penacho reivindicador de los de abajo, de los que como él sufren y pagan deudas que no han querido adquirir... Cuando se burla lo hace sin envidias porque no es un resentido, critica lo falso, la insolente elegancia, lo extravagante de la sociedad en que vive”

Este ilustre y controvertido veracruzano murió misteriosamente el 3 de abril de 1961 y aunque se dijo entonces que se había suicidado, se especula que fue asesinado por la CIA, en la ahora Glorieta de Francisco Villa de la Ciudad de México. RIP
carrofonseca@hotmail.com


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